Abstract:
En el ámbito del Derecho Civil, se mantiene una controversia respecto a la primacía entre los derechos reales y personales; aunque teóricamente no debería haber conflicto, en la práctica las resoluciones judiciales evidencian criterios dispares, permitiendo que, en algunos casos, prevalezca el derecho real sobre el personal y, en otros, lo contrario; en el artículo 2022 del Código Civil Peruano, una norma de numerus apertus, permite que los operadores jurídicos determinen la aplicación de las disposiciones del derecho común en casos de oposición, lo que genera interpretaciones diversas y exige mayor uniformidad en los criterios aplicados. El estudio busca sustentar doctrinariamente las razones legales por las cuales el derecho real no registrado debe prevalecer sobre el derecho personal registrado, contribuyendo así a una interpretación más coherente del Código Civil Peruano. Se adoptó un enfoque cualitativo, utilizando como diseño la teoría fundamentada y el análisis fenomenológico; se analizaron 100 sentencias judiciales relevantes para identificar patrones y argumentos utilizados en la resolución de conflictos entre derechos reales y personales. Del total de sentencias analizadas, 89 respaldaron la primacía del derecho real no inscrito sobre el derecho personal inscrito. Los fundamentos incluyen la naturaleza jurídica del derecho real y su superioridad inherente en cuanto a la relación jurídica con la cosa. Se concluye que, la jurisprudencia peruana establece razones legales objetivas que justifican la prevalencia del derecho real no inscrito sobre el derecho personal inscrito, destacando la necesidad de un marco interpretativo uniforme que fortalezca la seguridad jurídica.