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La normatividad penal aplicable al depositario judicial en el delito de peculado por extensión

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dc.contributor.advisor Pineda Gonzales, José
dc.contributor.author Machicao Tejada, Juan José
dc.date.accessioned 2016-09-17T00:43:31Z
dc.date.available 2016-09-17T00:43:31Z
dc.date.issued 2010
dc.identifier.other EPG252-00024-01
dc.identifier.uri http://repositorio.unap.edu.pe/handle/20.500.14082/649
dc.description.abstract En el marco de las actividades programadas en el presente trabajo de investigación y luego de haber ejecutado el mismo, cumplimos con presentar el informe final de tesis titulado "LA NORMATIVIDAD PENAL APLICABLE AL DEPOSITARIO JUDICIAL EN EL DELITO DE PECULADO POR EXTENSIÓN"¡ concebido ello para despejar algunas dudas sobre la tipificación de la conducta del depositario judicial, al resistirse en entregar los bienes que se le han entregado para su custodia, ello por parte de la autoridad jurisdiccional. Por el tipo de investigación realizada hemos enfocado el problema tratando de explicar desde un punto de vista analítico y dogmático respecto a la conducta desplegada por parte del depositario judicial, habiendo verificado la hipótesis de que tal hecho, según la interpretación literal y al amparo del principio de especialidad, no puede ser pasible de cometer el delito de peculado por extensión. Además debe sumarse a ello que el Principio de legalidad en materia penal tiene la capacidad de limitar a los poderes públicos a fin de evitar intervenciones penales arbitrarias o abusivas. Los conceptos y directrices que recoge el Principio de Legalidad cumplen diversos cometidos: uno de ellos es la previsibilidad penal, y de la conducta ilícita como la sanción que sirven de cadena de aseguramiento de las esferas de libertad de los ciudadanos. Que, el Derecho Penal moderno nace con el aforismo nullum crimen nullum poena sine lege, regulado en el artículo 2 del Título Preliminar del Código Penal que establece que: "Nadie será sancionado por un acto no previsto como delito o falta por la ley vigente al momento de su comisión ni sometido a pena o medida de seguridad que no se encuentran establecidas en ella". La presente investigación estudia los conceptos fundamentales, los orígenes, la problemática y la perspectiva del Peculado por extensión, es decir desarrolla un estudio analítico sobre la problemática normativa en la cual ha caído el depositario judicial en el delito de Peculado por extensión, una descripción global de los elementos descriptivos y normativos de este delito, la problemática normativa en la cual ha derivado, los métodos de interpretación de ley penal, que según ella el depositario judicial no puede cometer el delito de peculado por extensión. Así entonces hemos recabado información que ha permitido verificar qua nuestra posición es la más coherente, lógico y correcta para alcanzar la verdadera justicia que persigue el derecho. El presente trabajo es un estudio exegético, que concluye en establecer y delimitar los alcances y efectos del peculado por extensión, el cual será de gran utilidad para los estudiantes, abogados y magistrados al sancionar y aplicar el tipo penal que se adecua correctamente a la conducta cometida por el depositario judicial al no devolver los bienes legítimamente entregados y/o depositados; asimismo se establece que haciendo una correcta subsunción y una debida interpretación del artículo 392 del Código Penal, el depositario judicial comete el delito de Apropiación Ilícita; ello en razón a que el delito de peculado por extensión al comprender al particular vinculado circunstancial y temporalmente con la Administración Pública, a través de la administración o custodia de dinero o bienes con destinación final especifica como consecuencia de lo dispuesto por la autoridad competente, no es suficiente argumento para comprenderlos como sujetos activos, y es más como hemos señalado dada un verdadera interpretación literal del delito de Peculado Por extensión, el depositario judicial no está comprendido dentro de sus alcances, contrario sensu ocurre en el delito de apropiación ilícita, en la cual se establece específicamente que el depositario judicial es pasible de que sea el sujeto activo del tipo penal, por lo tanto, su conducta del depositario judicial, al apropiarse los bienes que se le entregaron en deposito ya está previsto, por lo tanto no podría subsumirse en el delito de peculado por extensión. . En tal sentido presentamos los resultados de la investigación seguros que su contenido podrá significar un aporte el mejor tratamiento del tema. es_PE
dc.description.uri Tesis es_PE
dc.language.iso spa es_PE
dc.publisher Universidad Nacional del Altiplano es_PE
dc.rights info:eu-repo/semantics/openAccess es_PE
dc.rights.uri https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es es_PE
dc.source Universidad Nacional del Altiplano es_PE
dc.source Repositorio Institucional - UNAP es_PE
dc.subject Derecho es_PE
dc.subject Derecho Penal es_PE
dc.title La normatividad penal aplicable al depositario judicial en el delito de peculado por extensión es_PE
dc.type info:eu-repo/semantics/masterThesis es_PE
thesis.degree.name Magíster Scientiae en Derecho con mención en Derecho Penal. es_PE
thesis.degree.discipline Derecho es_PE
thesis.degree.grantor Universidad Nacional del Altiplano. Escuela de Posgrado es_PE
thesis.degree.level Maestría es_PE


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info:eu-repo/semantics/openAccess Except where otherwise noted, this item's license is described as info:eu-repo/semantics/openAccess

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