Abstract:
La presente investigación tiene como objetivo proponer la “Ley de Protección al Desempleo en el Derecho Laboral Peruano” que sustituiría a la Ley de Compensación de Tiempo de Servicios (CTS) que no protege adecuadamente contra el desempleo al permitirse el retiro de los fondos y convirtiéndose en parte de la remuneración, teniendo baja cobertura, habiendo sido materia de observación por la OIT declarando que la CTS en el Perú no puede considerarse como seguro al desempleo. La metodología es el enfoque cualitativo, con datos obtenidos de documentos, es aplicativo, propositiva de dogmática jurídica. Los resultados de la investigación proponen un modelo para dos regímenes de trabajadores: para el régimen común de la actividad privada y servidores públicos regulados por el TUO. D. Leg. 728 Ley de Productividad y Competitividad Laboral D.S. N° 003-97-TR (LPCL), un modelo basado en la modalidad de cuentas individuales por desempleo y la legislación comparada de Chile y Colombia, obligatorio, contributivo, financiado mediante tributos por los empleadores. Para el régimen especial laboral de las Pymes regulado por el D.S. N° 013-2013-PRODUCE un modelo basado en la modalidad de asistencia social al desempleo y legislación comparada de España, obligatorio, no contributivo, financiado por el Estado. Ambos modelos públicos a fin de otorgar prestaciones económicas temporales por desempleo, dentro del Derecho a la seguridad social, administrado por el Estado, permitiendo la reinserción laboral, ampliando la cobertura, reduciendo la informalidad, en el contexto de la Constitución de 1993.