Abstract:
En la presente investigación se ha logrado establecer que el Consejo de Usuarios constituye un mecanismo de participación de la sociedad civil, interesada en contribuir a la mejora de la actividad reguladora de los servicios de telecomunicaciones, energía y minería, saneamiento e infraestructura de transporte. Las consultas, aportes y propuestas de los Consejos de Usuarios se dirigen al Consejo Directivo del OSIPTEL, OSINERGMIN, SUNASS y OSITRAN, dada que la labor que realizan es de carácter consultivo y no es de carácter vinculante. Los miembros del Consejo Directivo son elegidos por un período de dos años. Asimismo, se determinó que el ejercicio del cargo de consejero es ad honorem y su contribución al OSIPTEL, OSINERGMIN, SUNASS y OSITRAN no genera la obligación de pago de honorario, dietas o retribuciones de tipo alguno. La problemática abordada fue analizar la razonabilidad jurídica de las funciones del Consejo de Usuarios de OSIPTEL, OSINERGMIN, SUNASS y OSITRAN como participación ciudadana dentro de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos Ley 27332 en la región de Puno y dentro de esta problemática se recomienda proponer una propuesta de cambio normativo. La metodología aplicada fue: (a) enfoque cualitativo, (b) método descriptivo, dogmático, y hermenéutico, y, (c) instrumentos como ficha de resumen bibliográfico y ficha de observación.